La atención médica que recibió la víctima fue deficiente ya que no se cumplió con la calidad de la atención médica en salud que incluye oportunidad de la atención, accesibilidad a los servicios, tiempo de espera, información adecuada, entre otras, señaló el Colegio de la Profesión Médica del Estado de San Luis Potosí, quien emitió la opinión médica sobre el caso.
San Luis Potosí/Ciudad de México, 2 de febrero (Pulso/SinEmbargo).- La Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí inició una investigación por posibles violaciones a los derechos humanos de una mujer, atribuibles al personal médico del Hospital General de Matehuala, en relación con la atención médica que le fue proporcionada con motivo de su embarazo.
La victima manifestó que a finales del mes de octubre de 2015, acudió al Hospital General de Matehuala para resolución de embarazo, se le practicó un ultrasonido y se le informó que su bebé presentaba cordón circular en el cuello, por lo que al día siguiente regresó con el médico que la atendió y le indicó que su hija ya podía nacer y fue citada para el 9 de noviembre de 2015 como fecha probable de parto.
La victima manifestó que ese día acudió al hospital, pero fue atendida por otro médico quien le dejó cita abierta en caso de datos de alarma, por lo que el día 11 de noviembre de 2015, regresó al Hospital General de Matehuala al sentir dolores en la pelvis y en la columna, sin embargo, ese día le indicaron que regresara más tarde porque no había ginecólogo.
El 13 de noviembre acudió nuevamente al nosocomio en compañía de sus padres ya que los dolores eran intensos y el personal de dicho nosocomio le indicó que no había personal, que regresara el 17 de ese mes o acudiera al Hospital Rural No. 14 del IMSS, sin que le proporcionaran referencia alguna de la atención que requería.
La mujer señaló que el 14 de noviembre de 2015, se presentó en el Hospital General de Matehuala al presentar fuertes contracciones pero fue regresada ya que presuntamente no había personal que pudiera utilizar el equipo médico.
Horas después, la mujer comenzó a arrojar liquido viscoso por lo que de inmediato regresó al Hospital General y se quedó en observación hasta que un médico residente se percató que estaba arrojando líquido meconial por lo que ordenó que se trasladara a la víctima al Hospital Rural 14 del IMSS, donde nació su hija con síndrome de meconio teniendo que ser ingresada a la incubadora, sin embargo, la bebé falleció a consecuencia del sufrimiento fetal que sufrió.
Asimismo, el Colegio de la Profesión Médica del Estado de San Luis Potosí, emitió la opinión médica sobre el caso, en la cual se concluyó que la atención médica que recibió la víctima fue deficiente ya que no se cumplió con la calidad de la atención médica en salud que incluye oportunidad de la atención, accesibilidad a los servicios, tiempo de espera, información adecuada, así como los resultados.
Por lo anterior la CEDH emite la Recomendación 2/2018 dirigida a la Dirección General de los Servicios de Salud por vulnerar el derecho a la protección a la salud y a la vida.
Entre las peticiciones que lanzó es que deben de reparar el daño a la víctima de de manera integral, además de que deberá ser inscrita en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, a efecto de que se brinde atención psicológica como medida de rehabilitación y pueda tener acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que establece la Ley Estatal de Víctimas, con motivo de la responsabilidad institucional de los Servicios de Salud del Estado y se remitan a esta Comisión Estatal las constancias que acrediten su cumplimiento
También, la CEDH exigió a los Servicios de Salud que imparta a los servidores públicos administrativos y/o directivos a cargo del equipamiento físico y humano en los Hospitales Generales al interior del Estado, una capacitación en materia de Derechos Humanos y sus implicaciones en la protección a la salud.
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